Es la sociedad mercantil que tiene por objeto social exclusivo o principal la gestión y administración de carteras de valores mobiliarios y demás activos financieros por cuenta de terceros, el asesoramiento en materias financieras y la intervención en la colocación de emisiones públicas y privadas. Junto a su denominación figurará la expresión Sociedad gestora de patrimonio, o su abreviatura SGP. La relación de sus socios habrá de ser conocida públicamente, teniendo, en su caso, sus acciones carácter nominativo. Las personas que tengan encomendada su dirección, gestión o representación no podrán realizar funciones similares en las entidades cuyos títulos formen parte de las carteras y patrimonios administrados por dichas sociedades gestoras, salvo que sometan esta circunstancia al régimen de publicidad que se establezca reglamentariamente.
Ley de Instituciones de inversión colectiva, artículo 36.
| Sociedad gestora de fondos de titulizaci | | | Sociedad individualizadora de grupo |