Enciclopedia jurídica

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Partición privada hereditaria

La partición privada tiene lugar cuando todos los herederos son mayores de edad y capaces, y hay acuerdo unánime para hacerlo así. No habría razón para impedir que los herederos arreglasen privadamente sus intereses, evitándose las molestias y, sobre todo, los importantes gastos que demanda el procedimiento judicial.


Partición por testamento      |      Participación