Enciclopedia jurídica

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Modelos de utilidad

Esta variedad de la propiedad industrial puede considerarse como la hermana menor de la patente, constituyendo ambas tecnología. Protege la forma en que se ejecuta y que da origen a un resultado industrial. Complementa, pues, las patentes de invención, permitiendo la protección de invenciones menores que consisten en verdaderas invenciones industriales. Beneficia al inventor individual con escasez de medios, pero ingenioso. Por ello, los modelos de utilidad son conocidos también como pequeños inventos. Se consideran, pues, protegibles por el también llamado certificado de protección de modelos de utilidad las invenciones que versan sobre un objeto funcionalmente mejorado para su uso o fabricación. En consecuencia, protege la forma en que se ejecuta o se da origen a un resultado industrial. El modelo de utilidad ha de tener corporeidad, consistiendo, generalmente, en utensilios, herramientas, aparatos dispositivos... La duración de este derecho es de diez años improrrogables y contados desde la fecha de la solicitud. Como que la novedad inventiva exigida se limita a España, se facilita la picaresca de apropiarse de creaciones extranjeras.

Ley de Patentes, artículos 1, y 143 a 154.


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