Enciclopedia jurídica

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Interdicto de obra nueva

Es una de las acciones de denuncia y se utiliza por el dueño de una finca cuando éste pueda sufrir o sufre un perjuicio derivado de una obra que se realiza en otra propiedad. Admitida la demanda, la autoridad judicial ordenará la suspensión provisional de la obra. Cuando el juicio interdictal se haya resuelto, se confirmará la suspensión de la obra, que quedará definitivamente paralizada, o se alzará la suspensión permitiendo que la obra prosiga. Esta acción también puede ser ejercitada por cualquier persona que se crea perjudicada por la obra iniciada.

Ley de Enjuiciamiento civil, artículos 1.663 a 1.675.


Interdicto      |      Interdicto de obra ruinosa