(Derecho Civil)  Contrato por el cual una persona, el instituyente, promete a otra, el instituido, que al morir le dejará la totalidad
o	parte de su herencia.
Es un pacto sobre sucesión futura, excepcionalmente autorizado por la ley, en un contrato de matrimonio o entre cónyuges. V. Pacto sobre sucesión futura. 		
			
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