Enciclopedia jurídica

A B C D E F G H I J K L M N O P Q R S T U V W X Y Z




Historicismo jurídico

Los postulados básicos de esta escuela son los siguientes:

1) Ontologización de derecho positivo.

2) El derecho es una manifestación del espíritu del pueblo.

3) El derecho evoluciona en forma espontánea y progresiva como el lenguaje.

4) La costumbre es la fuente más importante del derecho 5) Combatieron la codificación y sólo la admitían cuando se trataba de ordenar una legislación vigente.

1) ontologización de derecho positivo.

Esto significa que negaron rotundamente la existencia del derecho natural, afirmando que el único derecho es el dado históricamente en la experiencia, el decir, el derecho positivo.

éSta era, el objeto a conocer por el jurista. Con esté firme punto de apoyo en la realidad, Savigny estableció las bases de la moderna ciencia dogmática, al punto de que es considerado como su fundador.

Bueno es aclarar-como dice Recasens Siches- que la escuela histórica no negó la posibilidad y aun la necesidad del estudio valorativo del derecho, pero sostuvo que esos ideales no pueden ser construídos racionalmente, sino descubiertos en las manifestaciones espontáneas de la conciencia jurídica popular. Sobre todo en el derecho consuetudinario.

2) es derecho es una manifestación del espíritu del pueblo
(Volkgeist).

No es, pues, un producto racional o voluntario, sino una manifestación del Alma popular que, a través de oscuros procesos

inconscientes-donde mas que la razón intervienen el sentimiento y el instinto- se concreta sobre todo en el derecho consuetudinario.

Lo mismo ocurre con el lenguaje, la moral, el arte, etcétera, que son otras tantas manifestaciones del espíritu popular y que presentan caracteres propios en los distintos países, precisamente por las diferencias del espíritu del pueblo.

3) el derecho evoluciona en forma espontánea y progresiva como el lenguaje.

Esta tesis, desarrollada por Hugo, aunque inexacta, tuvo el mérito de evidenciar claramente que el derecho es un producto de la historia.

4) la costumbre es la fuente más importante del derecho. Este principio armoniza perfectamente con los anteriores porque el derecho consuetudinario es la expresión pura y directa del espíritu del pueblo. Puchta fue el autor que más profundizo esta fuente del derecho.

Este principio se cumplió en las épocas primitivas, pero, en la actualidad, hay un franco prodominio del derecho legislado, habiendo sido relegada la costumbre a un plano secundario.

Por lo tanto, esta tesis, enunciada con carácter general, es también errónea.

5) combatieron la codificación y solo la admitían cuando se trataba de ordenar una legislación ya vigente.

Es celebra a este respecto, la polémica mantenida entre Thibaut y
Savigny.

En conclusión, puede afirmarse que el saldo aprovechable del historicismo jurídico es la ontologización del derecho positivo y el haber demostrado su evolución y variaciones a través del tiempo, así como también el hecho de que la situación presente de un régimen jurídico está condicionada en buena medida por el pasado histórico.

Según Recasens, en el campo del Derecho y de la política, con el nombre de historicismo jurídico se designan las varias posiciones contra las doctrinas del Derecho Natural comprendidas bajo el nombre racionalismo. Distínguense las corrientes del historicismo romántico de la escuela de Savigny, del historicismo filosófico, en la forma moderada de Burke y en la forma extrema de la escuela francesa de la Restauración y de sus similares española y alemana.


Historia del derecho      |      Hito