Enciclopedia jurídica

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Hipoteca de varias fincas por un crédito

Una misma obligación puede estar garantizada mediante una hipoteca que grave varias fincas. La deuda debe estar distribuida de forma clara entre las diversas fincas hipotecadas, de suerte que cada una sólo responde de una parte determinada del crédito asegurado. Así, el valor de cada uno de los inmuebles gravados con la hipoteca sólo queda afectado en la medida necesaria para que entre todos garanticen el crédito único. Y si una de dichas fincas es adquirida por otra persona, este tercer adquirente sabe ya el importe fijo de que responde su nueva finca. Pero la distribución del crédito entre las diversas fincas hipotecadas sólo tiene eficacia frente a terceros, no afectando la unidad de dicho crédito en la relación personal entre acreedor y deudor.

Ley Hipotecaria, artículos 119 y 120.


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