Enciclopedia jurídica

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Fuerza

Ver Violencia.

La inclusión de esta voz en un Diccionario jurídico constituye a la vez una necesidad y un contrasentido. Esto, por cuanto fuerza se contrapone a derecho; ya que recurre a ella quien no cuenta con éste, o quien no quiere usar de su derecho como en Derecho procede. Pero, en otro aspecto, la fuerza es el amparo supremo del Derecho, como expresión material del poder coactivo que éste entraña para imponerse cuando voluntariamente no se acepta su imperio pacífico. En las principales acepciones la vez fuerza, para ceñimos a la sistemática de la obra, significa vigor, energía, robustez. | Violencia. t Eficacia, virtud de las cosas. | Dominio material de otro. | Violación de una mujer. | Todo atropello y acto opuesto a razón y derecho. | Agravio que el juez o tribunal eclesiástico infiere a una parte al conocer sin competencia de una causa, al tramitarla sin sujeción a forma legal o al negarle la apelación pertinente. | DE LEY. Expresión empleada en diversos textos legales para establecer la ineludible obligatoriedad de algunas disposiciones que no provienen directamente de la ley. t ELÉCTRICA. V. ELÉCTRICO | EXTRAÑA. Cuando el que no es parte directa en una relación jurídica obliga a la misma valiéndose de intimidación o violencia, el acto o contrato es nulo, en los mismos términos que si hubiere procedido dolosamente una de las partes. | IRRESISTIBLE. Vicio del consentimiento cuando sobre el sujeto se ejerce violencia física que no puede superar por sus condiciones personales ante el caso concreto. | MAYOR. Todo acontecimiento que no ha podido preverse o que, previsto, no ha podido resistirse. | PÚBLICA. Conjunto de agentes de la autoridad, armados, y generalmente uniformados, que bajo la dependencia del poder público tienen por objeto mantener el orden interno.


Fueros personales      |      Fuerza armada