Enciclopedia jurídica

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Derecho y hecho

(en el proceso). Pr.
Gen. En un proceso, las partes tienen que alegar los hechos, acontecimientos, circunstancias materiales, que sostienen sus pretensiones jurídicas. El juez tiene la facultad de exigir de ellas justificaciones a este respecto.
La misión del juez es aplicar a los hechos del proceso las normas de derecho que los rigen. Debe verificar las calificaciones propuestas por los litigantes y puede suscitar de oficio un medio de derecho puro.
Las jurisdicciones del fondo aprecian soberanamente los hechos del proceso. Solamente las cuestiones de derecho están sometidas al control del juez de casación (Corte de Casación, Consejo de Estado encargado de una apelación). V. Alegación, Fondo, Forma, Pertinencia.


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