Enciclopedia jurídica

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Delitos permanentes o contínuos

Son los que permiten que el acto consumativo se prolongue en el tiempo.

Del verbo legal resulta esa posibilidad.

La expresión verbal con que la ley describe el delito, ha de permitir que la consumación sea continua e invariablemente típica, antijurídica y culpable, durante un tiempo que puede prolongarse.
De suerte que en cualquier momento de ese tiempo el delito se está consumando. El concepto de permanencia es válido y se presenta con frecuencia en la omisión.

Las leyes, en general, presentan numerosos ejemplos; así, sufrirá prisión el que con miras deshonestas sustrajere o retuviere a una mujer por medio de fuerza, intimidación o fraude. El verbo retener permite que la consumación se prolongue, puesto que si el delito consiste en "retener" el autor lo estará consumando durante el tiempo que "retiene" a la víctima, y la consumación solo cesara cuando deje de retenerla.

Un buen ejemplo de omisión permanente nos lo ofrece el delito de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar. La omisión al deber de prestar los medios para la subsistencia, se prolonga en el tiempo.

Diferencia con los delitos de efecto permanente: es preciso no confundir esos hechos con los de efecto permanente; ésto, muy comunes, son delitos instantáneos cuyo efecto se prolonga indefinidamente en el tiempo.

Por ejemplo, el homicidio. Diferencias con el delito continuado:
a éste lo caracterizó Carrara, diciendo que la continuidad se deduce, precisamente, de la discontinuidad, el delito continuado se caracteriza por la concreción de varios hechos, cada uno de ellos con todas las características de un delito. Esta pluralidad de hechos no existe en el delito permanente.

Diferencias con el delito habitual:

por último, en el delito habitual también hay pluralidad de conductas discontinuas, pero cada acto, por si mismo, no constituye delito. Ello así, porque la repetición de hechos (la habitualidad) es un elemento de la figura en los delitos habituales; de modo que para que la acción sea típica ha menester de varios actos, cada uno de los

cuales, por separado, no alcanza a satisfacer las exigencias de la figura.


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