Enciclopedia jurídica

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Delito formal

Es el delito que se consuma por la simple acción del agente, cuya conducta lo constituye (se pena una actividad o conducta determinada), con independencia total del efecto o daño y de la intención. Es lo opuesto a delito material. Ver Delitos materiales y formales.


Delito flagrante      |      Delito frustrado