Enciclopedia jurídica

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Decano

(Derecho Administrativo) Profesor elegido por los miembros del cuerpo docente y colocado a la cabeza de una Facultad (V.\' esta palabra), en la organización de la enseñanza superior anterior a la ley de orientación del 12 de noviembre de 1968. Hoy el Director de la U.E.l. (Unidad de Enseñanza y de Investigación) lleva a veces este título, ya que la U.E.l. desea continuar el nombre de Facultad.
Miembro más antiguo en el cargo (asi, consejero decano de cada sala de la Corte de Casación) o el de más edad de una asamblea (así. decano de edad en la Asamblea Nacional).

Derecho Procesal

(V. juez).

Termino proveniente del latín eclesiástico decanus: jefe de diez hombres.

Persona de más edad entre los miembros de un cuerpo. Forma de designar cargos públicos.

El miembro más antiguo de una comunidad, cuerpo, gremio, colegio o junta.| El que recibe tal título y es nombrado para presidir una universidad, consejo, junta o tribunal, aun no siendo el más antiguo ni el de mayor edad.


Debt due      |      Decapitación