Enciclopedia jurídica

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Corretaje

(Derecho Comercial) Contrato por el cual una persona denominada corredor pone en relación a dos personas que desean contratar. La operación de corretaje constituye un acto de comercio.

Este contrato, denominado también de mediación, consiste en la obligación que contrae una persona de pagar a otra, llamada corredor, una remuneración, denominada comisión, por la información que le proporcione sobre la oportunidad de concluir un contrato o por la mediación en un contrato. Por tanto, el corredor pone en relación a dos partes para que contraten entre ellas. El derecho a cobrar la comisión depende de la efectiva celebración de un contrato en el que el corredor no interviene como parte contratante. El corredor, a diferencia del comisionista, no está obligado a realizar ningún contrato por cuenta ni en nombre ajeno. También se diferencia el corretaje de la agencia, en que el primero es esporádico y la segunda es permanente.

Operación, diligencia o trabajo que realiza un intermediario o corredor. | Derecho que percibe éste por intervenir en determinado acto o contrato de comercio. (V. COMISIÓN,)


Corresponsal del tesoro público      |      Corretaje (contrato)