Enciclopedia jurídica

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Coemptio

En derecho romano, ceremonia en virtud de la cual se celebra el matrimonio cum manu. Por medio de esta institución la mujer
pasaba a pertenecer a la familia agnaticia del marido quedando bajo la manos de éste, de modo que sufría una capitis diminutio mínima con motivo de una alteración en su status familae. La ceremonia consistía en una venta simulada de la mujer que se realizaba en un acto solemne per aes et libram con la presencia de no menos de cinco testigos, todos ellos ciudadanos romanos púberes, el libre pens y probablemente el antestador. El matrimonio cum manu también podía celebrarse mediante la confaerratio y el usus. La primera era una ceremonia religiosa reservada exclusivamente a los patricios, en virtud de la cual el flamen dialis, sacerdote de Júpiter, ofrendaba al Dios un pan especial de harina de trigo denominado farreus panis, en presencia de por lo menos diez testigos, todos
ellos ciudadanos romanos púberes y los mismos contrayentes, utilizando una fórmula sacramental a la cual de atribuía influencias magicas benéficas para la nueva pareja. El usus era en cambio un modo no solemne de contraer el matrimonio cum manu, que se consolidaba con el transcurso de por lo menos un año de vida marital siempre que para efectiva y pública.

Cabe agregar que el matrimonio cum manu dejó de tener importancia a medida que la evolución y la modificación de las costumbres comenzaron a considerar a la familia de sangre cognoticia en iguales términos que el parentesco agnaticio.

Forma matrimonial, de la antigua Roma, en la cual no había intervención sacerdotal. El rito consistía en la venta simbólica de la mujer al marido. Para tal fin se empleaba una moneda de escaso valor.


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