Enciclopedia jurídica

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Certificado de acto presunto

Es el documento extendido por el órgano administrativo competente que debió resolver expresamente el procedimiento y que, por tanto, provocó el silencio administrativo. Lo extenderá en el plazo de veinte días desde que le sea solicitada, siempre que, en dicho plazo, no haya dictado la resolución expresa que estaba pendiente. Mediante este certificado, el administrado podrá hacer valer el acto administrativo no realizado (el presunto) ante las administraciones Públicas o ante cualquier persona pública o privada.

Ley de Régimen jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento administrativo común, artículo 44.


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