Enciclopedia jurídica

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Bien comunal

Bien cuya propiedad pertenece al municipio o comuna de una
ciudad o villa, y cuyo aprovechamiento pude ser de carácter público, en el caso de que corresponda a todos los habitantes, o de carácter privado, en el caso de que corresponda a la comuna misma.

Los bienes comunales públicos comprenden los lagos, pastos, dehesas, montes, fuentes, etcétera, y los comunales privados, son todos los recursos o productos destinados a mantener otros bienes de la comuna, como por ejemplo, los fondos requeridos para afrontar los gastos de la misma.

Ver Bien municipal.


Bien común      |      Bien consumible