Enciclopedia jurídica

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Venia

Licencia pedida para ejecutar alguna cosa.

Licencia que se concede a un menor, a consulta de tribunal competente, para administrar por si su hacienda.

Autorización conferida por los padres o por el juez a los menores para contraer matrimonio.

Perdón de ofensa. | Remisión de culpa, (V. Amnistía, Indulto.) | Autorización, licencia o permiso para ejecutar algo, si no está prohibido. | Facultad concedida a los menores de edad para que ruedan administrar sus bienes. | Reverente saludo inclinando la cabeza, | Tomando de esta acepción, en Sudamérica se dice por saludo militar; aunque no existe en él inclinación, ni sea cortesía, sino deber para con los superiores, por imperio de la disciplina y de la jerarquía. | JUDICIAL. Permiso o autorización que para ciertos actos se requiere de los jueces, que la conceden o niegan tras considerar su legalidad y convivencia, | Respetuosa autorización que el fiscal y los letrados recaban del tribunal para usar de la palabra, y a sea para interrogar a las partes, a los peritos o testigos, y a para alguna interrupción, o para iniciar sus alegatos o proceder a la rectificación procedente. En los tribunales colegiados suele decirse: "Con la venia de la sala".


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