Enciclopedia jurídica

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Puesta en coposesión

Es la figura que permite al copropietario de una cosa mueble dar en prenda la cuota que le corresponde en aquélla. En este caso, la entrega de la posesión de la cuota de copropietario deberá sustituirse por dicha puesta en posesión. Si no se paga la deuda, el acreedor podrá instar la enajenación de la cuota. Si antes de vencer la deuda se dividiera la cosa común, la porción que le corresponda al deudor prendario como propietario estará gravada con la pignoración preexistente. Y el acreedor deberá recibir la posesión inmediata de la referida porción.

Código civil, artículos 1.864 y 1.866.


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