Enciclopedia jurídica

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Norma ética y norma técnica

Suele decirse para diferenciarlas, que la norma técnica se refiere a los medios (o al como) de la acción, y la norma ética a los fines(o al para que) de la misma esa distinción es aproximadamente acertada, pero no lo suficiente, porque puede hacer suponer que las reglas técnicas no tienen en cuenta para nada los fines de las acciones y no es así, ya que el medio puro no existe, por ser un concepto relativo al de fin; en efecto, todo medio es medio respecto de un fin.

Teoría de Cossio: por esta razón, nos parece mas acertada la opinión de Cossio quien, para distinguir la técnica de la ética, hace el siguiente planteo:

toda vida humana es una cadena de acciones enlazadas teológicamente; ahora bien, cortemos esa cadena y tomemos para analizar una acción concreta, o si se quiere, un fin determinado. Esa acción puede ser considerada desde adelante hacia atrás o desde atrás hacia adelante en el sentido del tiempo (como es obvio, no queremos decir con ello que la conducta se haga hacia atrás, pues estando sujeta al tiempo, sólo puede realizarse hacia adelante). Tenemos entonces:

a) enfocada hacia atrás, veremos como se ejecuta ese fin, o en términos generales, como se realiza algo (enfoque de la técnica); b) enfocada hacia adelante, veremos para que se realiza esa acción o fin concreto (enfoque de la ética). Según puede apreciarse, si bien las reglas técnicas enfocan la acción en sentido opuesto a las
éticas, en ambos casos se toma como punto de referencia un fin concreto y ello es obvio, porque toda normación de conducta, dada la ineludible dimensión teleológica de la actividad humana, debe
hacer referencia a un fin.

Dada esta base, puede decirse que:

a) norma técnica o del hacer, es la regla de conducta que se refiere a la realización del fin concreto de la voluntad (aquí se considera el fin respecto D su realización); y b) norma ética o del obrar, es la regla de conducta que se refiere a la finalidad de la acción o fin concreto de la voluntad(aquí se considera el fin en relación teleológica con los subsiguientes fines).

Algunos autores, dado que las normas técnicas establecen simples modos de hacer y no es esencial en ellas la bilateralidad, es decir,
la presencia de dos sujetos, las llaman reglas técnicas y reservan el nombre de normas, para las éticas. Esta nomenclatura es acertada, porque refleja que hay entre ellas algunas diferencias.


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