Enciclopedia jurídica

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Licencia de marcas

Tanto la marca como la solicitud de su registro podrá ser objeto de licencias para la totalidad o para una parte de los productos o servicios para los cuales esté registrada y para la totalidad o parte del territorio español. Las licencias podrán ser exclusivas o no exclusivas. En general, son licencias de comercialización de los productos o servicios amparados por la marca, no incluyendo, por tanto, la elaboración de aquéllos. Se habla, en cambio, de licencias de fabricación cuando la licencia de marca incluye la autorización para fabricar el producto distinguido con aquélla. En tal supuesto, la licencia conlleva la transmisión de cierta tecnología, aunque aquélla no vaya acompañada de cesión de know how o de licencia de patente.

Ley de Marcas, artículos 41 a 46.


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