Enciclopedia jurídica

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Investigación tributaria

La Administración tributaria puede comprobar las declaraciones realizadas por los sujetos pasivos, así como las comunicaciones que se le dirijan y que pueden dar lugar a la iniciación de oficio del procedimiento de gestión tributaria. En todo caso, la facultad y deber de comprobación tributaria abarca todos los elementos integrados en la declaración o comunicación, incluyendo la estimación de las bases imponibles. Dichas actuaciones comprobadoras corren a cargo de la Inspección tributaria y, en algunos casos, de las Oficinas liquidadoras. Ambos órganos administrativos están facultados asimismo para proceder a la investigación tributaria cuando el hecho imponible real no ha sido declarado por el sujeto pasivo. Practicada la investigación, tendrán lugar las referidas actuaciones comprobadoras.

Ley 230/1963, de 28 de diciembre, general Tributaria, artículos 109, y 111 a 113.


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