Enciclopedia jurídica

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Interpretación de la norma

Cuando la norma jurídica es interpretada por el propio legislador (por ejemplo, mediante otra ley interpretativa), se habla de interpretación auténtica. Si la labor interpretativa ha sido realizada por un tribunal, se habla de interpretación judicial. Y se denomina interpretación doctrinal a la realizada por los autores o tratadistas en sus obras y publicaciones. En casi todos estos casos, se trata de interpretación declarativa o tendente a explicar el contenido de la norma. Cuando la interpretación reduce el significado de las palabras de la ley, se habla de interpretación restrictiva; y, por el contrario, cuando la operación es a la inversa, se dice que hay interpretación extensiva. En todo caso, la interpretación de la norma jurídica es un proceso cuyas etapas vienen marcadas por los siguientes criterios: atenerse al sentido propio de las palabras; interpretar la norma en relación con el contexto en que aquélla está integrada; relación de la misma con los antecedentes históricos y legislativos; interpretar las normas en relación con la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas; y, por último, valorar el espíritu y la finalidad de la norma, con el objeto de evitar una interpretación meramente literal.

Código civil, artículo 3.


Interpretación (de una norma jurídica)      |      Interpretación de la norma jurídica