Enciclopedia jurídica

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Imperium

(Procedimiento General) Palabra latina, que significa una prerrogativa del juez distinta de la “jurisdictio” y cuyo carácter es más administrativo que jurisdiccional, denota el poder de dar órdenes a los litigantes y a los terceros, de conceder autorizaciones, adoptar medidas de instrucción, y organizar el servicio del tribunal y de las audiencias, etc. Se refiere a todo lo que no sea apreciación del derecho de las partes (acto de razonamiento); designa las distintas manifestaciones del poder de mando de que se hace depositario al juez (acto de autoridad). V. Acto jurisdiccional, Decisión graciosa, Medida de Administración judicial.


Imperio de la ley      |      Imperium"