Enciclopedia jurídica

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Herencia profecticia

Se llama así la que se deja al hijo sometido a la patria potestad, por respeto y consideración al padre. En consecuencia, el hijo sólo puede aceptarla mediando el consentimiento del padre, correspondiendo a éste la administración y el usufructo de los bienes de tal condición.


Herencia futura      |      Herencia vacante