Enciclopedia jurídica

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Franco fábrica

Es la cláusula indicativa de que la compraventa se consuma en el lugar en que radica el establecimiento (fábrica, almacén, etc.) del vendedor, que es donde éste entrega al comprador la mercadería al ponerla a su disposición. A partir de este momento, el riesgo por pérdida o deterioro fortuitos de la mercadería se transmite al comprador. Por ello, se utilizan también estas otras expresiones para aludir a esa cláusula: Ex-works o sus siglas EXW, Ex-factory, Ex-warehouse, Ab-Werk, Ex-magasin, A l\'usine, Départ usine, Ex-mill, En magasin, Salida de fábrica. El vendedor paga el embalaje, el pesaje, el recuento y demás operaciones de comprobación. El comprador costea la carga y transporte de la mercadería, la exportación del país de origen y los de importación en el país de origen. Es el único incoterm del grupo E, caracterizado por el hecho de que el vendedor no se encarga de llevar la mercancía al vendedor.

Términos comerciales, versión actualizada por la Cámara de Comercio Internacional en 1990.


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