Enciclopedia jurídica

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Ejecución transformativa

Es el proceso de ejecución en el que el ejecutante solicita del tribunal la realización por éste de una conducta física distinta de la entrega y que se proyectará sobre el objeto o actividad previstos en el título de ejecución. En términos generales, dicha conducta consistirá en un hacer o en un deshacer. Este proceso de ejecución se regula igual que el de ejecución expropiativa; por ello, constituye una modalidad de la ejecución extraordinaria. Las peculiaridades fundamentales de la ejecución transformativa son las indicadas seguidamente. Formulada la demanda de ejecución, que puede reducirse a una instancia, el tribunal pasa a poner en obra lo pedido por el ejecutante. Para ello, el tribunal requiere al ejecutado para que realice el acto reclamado; de no hacerlo éste en el plazo que se le concede, lo verifica a su cargo el tribunal. Pero si se trata de un hacer personalísimo, y el ejecutado se niega a hacerlo, se transformará en ejecución expropiativa; es decir, en la obtención forzosa de la suma de dinero a que pueda traducirse la conducta reclamada.

Ley de Enjuiciamiento civil, artículos 923 a 925.


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