Enciclopedia jurídica

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Cláusula solve et repete

Esta estipulación, traducible por «paga y reclama», se incluye en la compraventa para obligar al comprador a pagar el precio convenido incluso cuando la mercancía entregada no es de recibo. Por tanto, el vendedor no admitirá ninguna reclamación antes de cobrar el precio. La validez de esta cláusula se ha de limitar a los casos de incumplimiento parcial por el vendedor. Entenderlo de otra forma, sería autorizar la quiebra del equilibrio que debe mantenerse en todo contrato bilateral, al amparar el incumplimiento total de una de las partes. Conviene distinguir esta modalidad de la venta, de la llamada compraventa prenumerando; en ésta se pacta que el precio, de una vez o en varias veces, se pague anticipadamente. Se suele utilizar, con diversas variantes, en la venta de viviendas.


Cláusula sociniana      |      Cláusula valor oro