Enciclopedia jurídica

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Bajas en la Seguridad Socia

l [DTr] Existe obligación legal por parte del empresario de comunicar a la Administración de la Seguridad Social el cese en la actividad de los trabajadores por cuenta de aquél. Supone la separación del trabajador del régimen de la Seguridad Social en que estaba incluido.
TRLGSS, art. 100.


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