Enciclopedia jurídica

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Ventajas adquiridas

(mantenimiento de las). Der. Tr. Cláusula de una nueva convención colectiva en virtud de la cual se conservan ciertas ventajas contenidas en la convención colectiva precedente; esta cláusula es interpretada de manera restrictiva en derecho jurisprudencial. La ley del 13 de noviembre de 1982 prevé, en ciertas circunstancias, el mantenimiento de las ventajas individuales adquiridas, o sea, de lo que los obreros denominan conquistas.


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