Enciclopedia jurídica

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Regla de prorrata general

Es la modalidad de la regla de prorrata que se aplica en el impuesto sobre el valor añadido cuando no se aplique la regla de la prorrata especial. Con la prorrata general, sólo será deducible el impuesto soportado en cada período de liquidación en el porcentaje que represente el montante de las operaciones que originan derecho a la deducción respecto del total de las realizadas por el sujeto pasivo en el ejercicio de su actividad empresarial o profesional. El porcentaje de deducción se determina multiplicando por cien una fracción compuesta por importes totales anuales de las operaciones gravadas realizadas por el sujeto pasivo.

Ley del Impuesto sobre el valor añadido, artículos 102 a 105.


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