Enciclopedia jurídica

A B C D E F G H I J K L M N O P Q R S T U V W X Y Z




Mayoría de edad

[DCiv] Estado civil que se caracteriza por la plena capacidad de obrar e independencia de la persona. Sólo estará limitado para actuar en los supuestos expresamente determinados por las leyes; ej.: para adoptar es necesario haber cumplido los veinticinco años.
CE, art. 12; CC, arts. 314 ss.
” Edad.


Mayoría cualificada      |      Mayoría parlamentaria