Enciclopedia jurídica

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Deuda de valor

Es la variedad de las deudas pecuniarias que aparece cuando se prevé que el objeto de la obligación consiste en entregar al acreedor la suma de dinero que corresponda al valor adquisitivo que tenía la cantidad de dinero prevista al constituirse la obligación. Tanto la deuda prevista al nacer la obligación como la deuda que deberá pagarse para extinguirla se expresan en dinero. Pero la suma fijada al obligarse no será la que deberá pagarse, sino que ésta será la que procure al acreedor el mismo valor estipulado, con independencia de la suma de dinero que se precise para ello.


Deuda de moneda específica      |      Deuda exigible