Enciclopedia jurídica

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Defecto

Vicio oculto de una cosa mueble o de un inmueble, que puede tornarlo impropio para el uso a que está destinado, o disminuir su valor. El vendedor responde por los vicios o defectos ocultos de la cosa vendida. Ver Evicción.

Carencia, falta de una o más cualidades propias de un ser o cosa. | Imperfección física, como la mudez o la cojera; intelectual, como la imbecilidad o la idiotez; moral, como la perversidad delictiva o las inclinaciones licenciosas. | LEGAL. Carencia de alguno de los requisitos exigidos imperativamente por la ley para validez de ciertos actos.


Deducciones      |      Defectos ocultos