Enciclopedia jurídica

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Comunidad de cargas

Expresión frecuentemente aplicada al régimen de propiedad horizontal y referida, concretamente, al derecho que tiene cada condueño sobre los elementos comunes que se materializa mediante una cuota ideal sobre aquéllos. El condueño es, pues, un propietario individual sobre el que pesa una comunidad de cargas para que los elementos comunes sean conservados y mantenidos; la participación en dichas cargas viene determinada por el porcentaje que señale la cuota de su participación en la comunidad.

Ley de Propiedad horizontal, artículos 3 a 10.


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