Enciclopedia jurídica

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Adeudos por domiciliaciones

Son las anotaciones contables en que constan los cargos que el banco realiza en la cuenta corriente cuyo titular ha domiciliado en ella el pago de recibos. Con las anotaciones referidas, el banco remite al cuentacorrentista los recibos pagados. De no haber fondos suficientes, el banco devuelve el recibo al acreedor. Si, no obstante, el banco lo hubiese pagado, provocaría un descubierto en cuenta de su cliente. La domiciliación, además de ser revocable antes de cada pago, puede serlo respecto a un pago realizado, siempre que se observen los plazos admitidos en la práctica bancaria.


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